PASO A PASO, LECTURA A LECTURA.

PASO A PASO, LECTURA A LECTURA.

martes, 19 de julio de 2011

CONOCIMIENTO DEL AGENTE DE LA CANTIDAD (R.N. Nº 2107-2007-TACNA.) DE DROGA TRAFICADA PUEDE DEDUCIRSE DEL PESO DE LA BOLSA QUE TENIA EN SU PODER.

La policía ingresa a la casa de Pepe, y resulta que las ACTAS DE REGISTRO PERSONAL Y DOMICILIARIO y otros anexados al atestado policial demuestran su vinculación al trafico ilícito de drogas (TID) , Pepe solo aduce que no sabia el tipo, calidad, la cantidad, de droga que tenia en su poder, que le entrego una persona llamada XXX, el busca el ERROR DE TIPO INVENCIBLE ( el error de tipo consiste básicamente en el desconocimiento de al menos un elemento del tipo penal y genera que el acusado interprete de una manera equivocada la realidad, realizando una conducta que considera irrelevante para el derecho penal, pero que en verdad sí tiene relevancia y mucha importancia) , osea que le era imposible saber la cantidad de droga que tenia en su poder, porque según el art 297. 7.. si excede mas de 10 kilos la droga , es un agravante del delito del TID.

Resulta que en el ACTA DE ENTREVISTA INICIAL y en su DECLARACIÓN INSTRUCTIVA. al ser preguntado por el peso dice: "... que mas o menos pesaba la mitad de una bolsa de cemento (45 Kilos) osea 22 .5 kilos.." , entonces se desvirtúa la tesis de error invencible. (R.N. Nº 2107-2007-TACNA.)


No hay comentarios:

Publicar un comentario